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Cambia el IVA para las compras online dentro de la UE

Tema en 'Manejando una empresa de hosting' iniciado por AMateos, 1 Dic 2014.

  1. http://www.soloarquitectura.com/foros/threads/debo-cobrar-el-iva-a-un-canario.21157/

    Según he visto aquí buscando en google sobre el tema se cobra la base imponible por lo cual no hace falta no?

    Tú no tienes que repercutir ni iva ni igic.Sólo base imponible. Debes hacer una mención en la factura y decir que está sujeto a IGIC y que el sujeto pasivo es el destinatario de la operación.
    La empresa ubicada en Canarias deberá emitir una Autofactura repercutiéndose el IGIC, declararlo en su modelo de IGIC, como cuota suportada y repercutida. Pero esto lo sabrán mejor ellos.
    #14
     
  2. hostigal

    hostigal Usuario activo

    Pueden hacerlo como quieran , OVH publica eso porque tratará a todas las personas que tengan dni, y no cif como particulares pero tampoco es así, porque puedes tener dni y ser autonomo , vamos tener actividad económica. El tema es que si es empresa suelen tener cif intracomunitario, siendo asi ya no se le cobra iva, por lo que no afectaría, luego en el caso de dni, si tiene actividad tendríamos el mismo caso si tiene cif intracomunitario...en el resto de casos sería cuando habría que aplicar el iva del pais origen, que es una locura, porque luego realmente que le vais a pedir un justuficante para ver si tiene actividad economica o no... saludos.
     
  3. adjenet

    adjenet Usuario activo

    Hola Ferrán:

    En Canarias emites una factura sin IVA ni IGIC si un cliente está en la Peninsula, el IGIC solo se aplica a residentes Canarios, lo de autofactura, no es obligatorio, pues no cobras IGIC, es un cliente exento de impuesto.

    Ya te digo, que a veces ni las administraciones se aclaran con el tema.

    Saludos.
     
  4. Pilar Martín

    Pilar Martín Nuevo usuario

    Hola a todos!

    ¡Qué lío tengo con la nueva ley e-commerce referente al IVA! Os cuento mi duda y espero que me podáis ayudar - ya que tras varias llamadas e e-mail a la Administración me han dejado igual que estaba.
    Os doy todos los detalles a continuación:
    • Trabajo para una empresa de prestación de servicios online situada en España
    • Trabajamos siempre business to business, nunca ofrecemos servicios a particulares
    • Facturamos tanto a clientes en España, como en las Islas Canarias
    Los clientes canarios, aunque sí son empresarios y profesionales, no tienen VAT nº, es decir, que no están registrados como Operadores Intracomunitarios. ¿Necesito incluir IGIC ahora en las facturas que emitimos?
     
  5. egrueda

    egrueda Usuario activo

    Pilar, si no facturas a Europa, este tema no te afecta.
    Respecto a Canarias, simplemente esos clientes para ti están exentos de iva.
     
  6. adjenet

    adjenet Usuario activo

    Hola,

    A clientes Canarios no debes cobrarles el IGIC si no facturas desde Canarias.

    Saludos
     
  7. Pilar Martín

    Pilar Martín Nuevo usuario

    Eso creía yo, pero al recibir decenas de e-mails de los clientes canarios exigiendo sus facturas con IGIC me entró la duda. ¡Muchas gracias!
     
  8. copernico.es

    copernico.es Usuario activo

    ¿Tenéis sede en canarias?
     
  9. Pilar Martín

    Pilar Martín Nuevo usuario

    No, la sede está en Madrid :)
     
  10. adjenet

    adjenet Usuario activo

    Hola

    Pues entonces no tendrías porqué cargar IGIC a tus clientes Canarios

    Saludos
     


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